MISION
Dirigir y coordinar el cumplimiento de las normas que regulan el tránsito y transporte de personas, vehículos y animales en la comprensión territorial del departamento, de conformidad con las competencias asignadas por la ley y los reglamentos, así como imponer las sanciones y multas a que haya lugar y cumplir los trámites relacionados con licencias y permisos de tránsito que se otorgan a vehículos y conductores.
FINALIDAD
El Departamento administrativo de tránsito y transporte debe dirigir y establecer las políticas de control del tránsito y el transporte a través de convenio con la Policía Nacional y estimulando la ejecución de estas competencias por parte de los municipios del Departamento. Adicionalmente, ofrecer eficientes servicios para el trámite de las licencias y autorizaciones de tránsito y transporte que le han sido autorizadas por las disposiciones legales para las oficinas de tránsito departamentales.
FUNCIONES GENERALES
1. Dirigir la ejecución de las políticas generales sobre el transporte y tránsito en el departamento, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
informar a los usuarios que solicitan autorizaciones, licencias o cualquier tipo de trámite de tránsito o transporte. mediante sencillos instructivos el procedimiento que se cumple, los documentos que deben ser presentados y los pagos que deben ser realizados en las cuentas bancarias correspondientes al Ministerio del Transporte y al Departamento de la Guajira.
2. Dirigir, planificar, controlar y ejecutar las funciones de control del tránsito terrestre dentro del Departamento y establecer espacios de coordinación con los municipios para que progresivamente asuman estas partencias en su jurisdicción.
3. Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales, en materia de tránsito y transporte, y gestionar la celebración de convenios con la Policía Nacional para su control y la correspondiente imposición de las sanciones y multas por infracciones a las normas.
4. Otorgar, modificar, cancelar y revalidar las licencias de conducción, de acuerdo con los procedimientos estipulados en las normas vigentes.
5. Expedir, modificar y cancelar las licencias de tránsito, permisos y demás autorizaciones de tránsito y transporte que le han sido asignadas, dando cumplimiento estricto a las disposiciones legales y directrices del Ministerio del transporte.
6. Autorizar la instalación y uso, por la especial destinación del servicio de sirenas, campanas o aparatos similares de señales auditivas, así como de faros intermitentes en aquellos vehículos que lo requieran.
7. Coordinar con la Decretaría de obras públicas departamental para que determine la utilización y señalamiento de las vías departamentales y la elaboración del inventario correspondiente.
8. Entregar las placas y los documentos señalados por las disposiciones legales, para los vehículos con licencia de tránsito y de acuerdo al tipo de servicio.
9. Establecer en coordinación con la Secretaría de Hacienda, el procedimiento efectivo para el pago en bancos de los emolumentos correspondientes a las tarifas de los trámites que deben cancelar los usuarios al Ministerio del Transporte y al Departamento, y lo correspondiente al impuesto sobre los vehículos automotores.
10. Coordinar con los municipios donde no exista oficina de tránsito, con la Secretaría de obras públicas o la que haga sus veces, lo concerniente a la utilización, demarcación, señalización y semaforización de las vías municipales.
11. Conocer de las infracciones de tránsito que ocurran dentro de su jurisdicción, mientras asume su conocimiento la autoridad competente, a la que deberá dar traslado de las diligencias que hubiere adelantado.
12. Otorgar y cancelar permisos de funcionamiento a los talleres destinados a la reparación y reconstrucción de vehículos automotores y al cambio de repuestos, partes y pintura de los mismos.
13. Adelantar campañas educativas en materia de tránsito y coordinar el control y cumplimiento de las medidas establecidas por la autoridad competente para evitar la contaminación ambiental.
14. Acoger y hacer cumplir las disposiciones legales en materia de tránsito y transporte que determine el gobierno nacional para las zonas fronterizas, en lo relacionado con el tránsito, la tenencia y uso de automotores de matrícula extranjera que circulen en el Departamento de la Guajira.
15. Presentar oportunamente las solicitudes de requerimientos de recursos humanos, financieros, físicos y tecnológicos necesarios para el cumplimiento efectivo de las funciones Secretaría.
16. Adelantar investigaciones en materia de infracciones que requieran abocar su conocimiento y presentar informes periódicos sobre los resultados obtenidos.
17. Las demás que en el marco de su objeto se deriven de los planes, programas y proyectos a cargo del departamento de tránsito y transporte y que le sean asignadas.