Conforme al referido Acto Legislativo el Gobierno Nacional tenía la obligación de hacer operativo el Sistema General de Regalías (SGR) a partir del 1 de enero de 2012, razón por la cual expidió el Decreto Ley transitorio 4923-2011, el cual determina la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios.
Son aquellas personas del grupo familiar beneficiarias del cotizante en los servicios de salud.
Conjunto de operaciones que tienen por objeto la extracción o captación de los minerales yacentes en el suelo o subsuelo del área de la concesión, su acopio, su beneficio, cierre y abandono de los montajes y de la infraestructura.
1. Se refiere a la identificación, revisión, consulta y difusión de los DOE para asegurar su aplicación en el proceso. 2. Consiste en la atribución para ordenar los correctivos necesarios a fin de subsanar situaciones de orden jurídico, administrativo, financiero y contable, que fueron detectadas en el ejercicio de la inspección y vigilancia. 3. Atribución de la Superintendencia Nacional de Salud para ordenar los correctivos tendientes a la superación de la situación crítica o irregular (jurídica, financiera, económica, técnica, científico-administrativa) de cualquiera de sus vigilados y sancionar las actuaciones que se aparten del ordenamiento legal bien sea por acción o por omisión. 4. "Cualquier medida que tome la dirección y otras partes para gestionar los riesgos y aumentar la probabilidad de alcanzar los objetivos y metas establecidos. La dirección planifica, organiza y dirige la realización de las acciones suficientes para proporcionar una seguridad razonable de que se alcanzarán los objetivos y metas."
1. Resolución, decisión o determinación del Jefe del Estado, de su Gobierno o de un Tribunal o Juez sobre cualquier materia o negocio. 2. Acto administrativo mediante el cual el poder ejecutivo decide, resuelve o manda en asuntos que son de su competencia. 3. Acto administrativo propio de la rama ejecutiva cuyo alcance puede ser de carácter general, individual y colectivo.